La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) modifica parcialmente la Resolución 000165 de 2023 para ajustar normas sobre facturación electrónica y documentos equivalentes, con énfasis en servicios públicos domiciliarios. Los cambios principales son:
- Restricción de cobros adicionales en facturas de servicios públicos: Los documentos equivalentes electrónicos (DEE) expedidos por empresas de servicios públicos no pueden incluir conceptos distintos a los inherentes al servicio, salvo autorización expresa del usuario. Esto alinea la normativa con el Decreto 2223 de 1996.
- Flexibilización de plazos para transmisión del DEE: Empresas que facturan en zonas rurales o de difícil acceso tienen hasta 48 horas para transmitir el DEE a la DIAN, debido a barreras tecnológicas (falta de conectividad, fallas técnicas). Durante este plazo, deben entregar al usuario un documento físico con los requisitos legales.
- Protección de datos personales: Al expedir facturas electrónicas o documentos equivalentes, solo se puede solicitar al adquiriente: nombre/razón social, tipo/número de identificación y correo electrónico (este último opcional si se imprime la factura). La DIAN implementará un sistema de consulta automatizado que permite obtener datos básicos (nombre y correo) mediante el número de identificación, garantizando seguridad y uso exclusivo para facturación.
- Modificaciones específicas a la Resolución 000165 de 2023: Se añaden parágrafos a los artículos 20 y 29 para regular cobros adicionales y plazos de transmisión. Se modifican los artículos 69 y 70 para delimitar la información exigible al adquiriente y detallar el funcionamiento del servicio de consulta de la DIAN.
- Vigencia: La resolución entra en vigor tras su publicación en el Diario Oficial.
Objetivo: Garantizar el cumplimiento tributario, facilitar la facturación electrónica en zonas vulnerables, proteger los datos personales de los usuarios y evitar cobros no autorizados en servicios públicos.
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